BIENVENIDOS A LA SEGUNDA ETAPA DE PRÁCTICA PROFESIONAL!!!!
En esta clase Nº 1 veremos cuestiones relativas a la redacción de escritos:
EL
ESCRITO JUDICIAL
Un mensaje tiene un contenido y es,
a la vez, siempre un comentario implícito sobre la situación de
comunicación.
Busca obtener del receptor una respuesta confirmatoria de cierta visión de la
realidad que
el mensaje
transmite.
Existe el riesgo de fracaso del
acto comunicativo, sea porque el receptor comprende mal - comprende algo
que no
es lo que el emisor quería decir- , sea porque lo entiende parcialmente.
Si consideramos la eficacia como
una condición necesaria, llegamos a la conclusión de que el emisor,
para transmitir
un mensaje determinado, debe elegir entre las palabras capaces de servir a este
fin en las
circunstancias en
que el acto comunicativo
tiene lugar.
Hay que
considerar que el juego lingüístico implica seguir ciertas reglas pues no
seguirlas o
no compartirlas
es no jugar o jugar a algo distinto a lo que juegan los sujetos con los que
estamos en
interacción.
Y no hay posibilidad de que el juego sea algo individual.
Para comenzar, es importante
tener presente la máxima que consiste en que debemos decir todo lo
necesario,
pero nada más que lo necesario. Además, evitaremos adelantar opiniones sobre
temas que no
hacen a
la decisión del caso.
Una premisa básica es que no se
deben redactar oraciones excesivamente largas, cargadas de comas y sin
otro signo
de puntuación.
Siempre que sea posible, para evitar una longitud desmesurada del párrafo, es
preferible utilizar
oraciones breves, separadas por punto seguido.
Cuando se trata de períodos que
resultan separables y cuya supresión no alteraría el sentido del
párrafo,
aquellos deben ser encerrados entre rayas (-). La raya es equivalente al
paréntesis pero da más fluidez y elegancia a la redacción.
EJEMPLO:
El apelante -cuyo escrito adolece
de innumerables imperfecciones- no ha dado cumplimiento a los
requisitos legales.
En
este caso, aunque -por supuesto- la aplicación es necesaria en expresiones más
complejas, la supresión
de lo
que va entre rayas deja una oración completa:
El apelante no ha dado
cumplimiento a los requisitos legales.
También
-para ganar en claridad- se podría redactar así:
El
apelante no ha dado cumplimiento a los requisitos legales; su escrito adolece
de innumerables imperfecciones.
DEQUEÍSMO y QUEÍSMO:
Ha sido objeto de fundadas
críticas el vicio de anteponer la preposición "de" a la conjunción
"que" cuando
no corresponde,
llamado "dequeísmo".
Por ejemplo: "pienso de
que..." en lugar de "pienso que...".
Pero, quizás como consecuencia de
tales críticas, se suele incurrir en el vicio inverso, el de suprimir la
mencionada preposición
cuando ella corresponde, denominado "queísmo".
Por ejemplo, "me enteré que
me habían dictado sentencia adversa", en lugar de "me enteré de que me
habían dictado
sentencia adversa".
Este
error está cada vez más difundido y hace que muchas construcciones carezcan de
sentido o
produzcan confusiones.
Ej.: Tenía la certeza que iba a
crear problemas. (Incorrecto)
En lugar de: Tenía la certeza de
que iba a crear problemas. (Correcto)
Formulamos dos
reglas prácticas y sencillas. La primera es reemplazar "que«
por "eso".
Obviamente, nadie diría "pienso de eso" sino "pienso eso";
pero tampoco "me enteré eso" sino "me
enteré de eso".
La segunda es trasladar la
oración de la forma afirmativa a la interrogativa.
En el primer caso, "¿qué
pienso?", y no "¿de qué pienso?".
En el segundo, "¿de qué me
enteré?", y no "¿qué me enteré?".
FORMAS GALICADAS
Hay que saber que en castellano
no son correctas las formas galicadas del tipo "así fue que",
"fue entonces
que",
"fue allíque",
etc.
Las
expresiones correctas son: "así fue como", "fue entonces
cuando", "fue allí donde". No es aceptable tampoco:
"es por eso que"; debe decirse: "por esa razón", "por
ese motivo", etcétera.
GERUNDIO:
La premisa básica es: utilizar el
gerundio cuando se debe y no cuando no corresponde.
El
uso incorrecto de esta forma verbal es uno de los errores más frecuentes y en
muchos casos, dificulta la
comprensión.
Andrés Bello lo juzgó como "una degradación que desluce el castellano moderno.
Los principios
generales para su utilización pueden sintetizarse así:
En general, el gerundio expresa
una acción simultánea con la del verbo principal de la oración.
Por ejemplo: está caminando,
corre cantando, camina mirando el piso, salió dando un portazo.
O anterior:
Ej.: El presidente, habiendo
comprobado que no había quórum, levantó la sesión.
DIFERENCIA ENTRE DEMANDA Y PETICIÓN:
DEMANDA:
Es el primer acto procesal con el
que se le da impulso al proceso contencioso. Es su inicio.
PETICIÓN:
Es
el primer acto procesal con el que se da inicio a un proceso voluntario.
Por ahora llegaremos hasta acá y seguiremos ahondando en las próximas clases.-
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